La SCJN declara imprescriptible la acción civil en casos de abuso sexual infantil. El fallo unánime contra Luis de Llano sienta un precedente histórico y reivindica a las víctimas.
Por: Rodrigo Pujol Del Toro
Más de 35 años después del abuso, la justicia finalmente habló. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) confirmó por unanimidad que Luis de Llano Macedo deberá indemnizar y reparar el daño causado a Sasha Sokol, víctima de abuso sexual infantil cuando tenía apenas 14 años.
La resolución, votada de forma unánime por la Primera Sala del máximo tribunal, establece jurisprudencia histórica: en casos de abuso sexual contra menores de edad, no aplica la prescripción civil. Esto significa que las víctimas pueden presentar demandas aunque hayan pasado años o décadas de los hechos, reconociendo así los profundos procesos emocionales que implica romper el silencio.
“La Corte le ha negado el amparo. Ya no existe una instancia más alta en la justicia mexicana: deberá aceptar las consecuencias de sus actos”, escribió Sasha en un comunicado, cerrando así una batalla legal que ella inició en 2022 tras declarar públicamente el abuso sufrido por parte del productor, entonces de 39 años.
Una sentencia con eco nacional
La SCJN respaldó el proyecto del ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, que advierte que aplicar prescripción en estos casos violenta los derechos fundamentales de las víctimas: el derecho a vivir sin violencia, a la integridad personal, a la libertad sexual y, sobre todo, el derecho al acceso a la justicia.
Además, el fallo reconoció que el daño emocional sigue vigente, como lo revelaron peritajes psicológicos presentados durante el proceso. De Llano, quien dirigía profesionalmente al grupo musical de Sasha, usó su posición de poder para encubrir la relación abusiva bajo una narrativa de romance, que luego negó en medios, agravando el daño psicológico a la víctima.
¿Qué implica la sentencia contra De Llano?
El fallo ordena medidas claras de reparación del daño, tanto simbólicas como económicas:
- Pago de una indemnización con carácter punitivo.
- Curso obligatorio de sensibilización en violencia de género.
- Disculpa pública en video, difundida por los mismos medios que usó para negar los hechos.
- Eliminación de contenidos que revictimicen a Sasha o desinformen sobre el caso.
- Prohibición de hacer más declaraciones públicas sobre la víctima o el caso.
La Corte desestimó los argumentos de la defensa de De Llano, que alegaba supuesta mala valoración de pruebas, errores procesales y cuestionaba el uso de perspectiva de género en el análisis del caso.
Un precedente para otras víctimas
El impacto de esta resolución va mucho más allá de Sasha. Con este criterio, la SCJN sienta un precedente que podrá ser invocado en futuros casos de abuso sexual infantil, abriendo las puertas a miles de víctimas que no pudieron alzar la voz a tiempo por miedo, presión social o por desconocimiento de sus derechos.
Como lo dijo el propio proyecto de la Corte: “Cualquier medida prescriptiva lesionaría el derecho de acceso a la justicia de las víctimas”. Hoy, México reconoce que el abuso sexual infantil no caduca, y que la justicia, aunque tarde, todavía puede reparar el daño.
Sasha lo resumió con contundencia:
“El abuso de Luis también sucedió al manipular la verdad con declaraciones falsas. Estabilizar la verdad es el principio de la reparación”.
La SCJN obliga a Luis de Llano a indemnizar a Sasha Sokol por abuso sexual. La Corte declara que en estos casos no aplica la prescripción civil, sentando un precedente histórico en México.
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